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Información para la Comunidad
Declaración de Propiedades como Estorbos Públicos
Municipio de Arroyo

¿Qué es un estorbo?
Para el Municipio de Arroyo, un estorbo público es una estructura abandonada o un solar yermo o baldío, inadecuado para ser habitado o utilizado por seres humanos debido a ruina, defectos de construcción, falta de reparación o condiciones que afectan la salud o seguridad del público.
Algunas condiciones que provocan esta declaración incluyen:
•    Defectos estructurales que representan riesgos de incendio o accidentes
•    Falta de ventilación o facilidades sanitarias
•    Falta de servicios esenciales como agua potable o energía eléctrica
•    Falta de limpieza adecuada
Ninguna propiedad será considerada estorbo hasta que el Municipio de Arroyo la declare formalmente como tal.


¿Quién puede declarar una propiedad como estorbo público?
El Gobierno Municipal de Arroyo es la entidad autorizada para declarar estorbo cualquier propiedad dentro de su jurisdicción que cumpla con la definición anterior.

¿Cómo inicia el proceso?
El Municipio de Arroyo, mediante sus funcionarios, realiza inspecciones para identificar propiedades que potencialmente deben ser declaradas estorbo. Si se determina que la propiedad reúne las condiciones establecidas, se inicia el proceso de declaración.
Si una propiedad es residencia principal, no puede ser considerada un estorbo público.


¿El Municipio de Arroyo tiene que notificar?

¿Quiénes pueden oponerse?
Las personas dueñas, poseedoras o con interés legítimo pueden oponerse dentro de 30 días desde la notificación, y solicitar una vista administrativa.
Resultados posibles:
•    El municipio no declara la propiedad estorbo
•    Se llega a un acuerdo para manejar la situación
•    Se confirma la declaración como estorbo públic


¿Qué ocurre si no hay oposición?
Pasados los 30 días sin oposición, el Municipio de Arroyo emitirá una resolución declarando la propiedad como estorbo. La persona dueña tendrá 60 días para realizar reparaciones y limpieza necesarias. De no hacerlo, el municipio podrá intervenir y luego reclamar el costo.

¿Qué sucede si declaran mi propiedad un estorbo?
El Municipio podrá:
    Rotular la propiedad como estorbo público
•    Solicitar tasación al CRIM y certificación de deuda
•    Iniciar proceso de expropiación forzosa
•    Imponer multas de $1,000 a $5,000
•    Imponer gravámenes por incumplimiento


¿Qué debe hacer si declaran su propiedad estorbo?
Si puede ser reparada, la persona dueña tiene 30 días (prorrogables hasta 1 año) para remediar las condiciones.
Si no puede ser reparada, se ordenará la demolición, con un término de 30 días (extensible a 90 días).
El Municipio de Arroyo puede asumir los costos si no se cumple, y luego reclamarlos legalmente, incluyendo la venta en pública subasta.


¿Qué es el proceso sumario de expropiación forzosa?
Es un proceso legal mediante el cual el Municipio de Arroyo puede adquirir una propiedad declarada estorbo, presentando una demanda en el Tribunal de Primera Instancia. No se requiere depósito inmediato de la justa compensación, pero sí cuando los demandados comparezcan.
•    Las partes tienen 20 o 30 días para contestar la demanda
•    Si no contestan, el tribunal emite sentencia en 5 días
•    Si hay oposición, se celebra juicio entre 15 y 30 días
•    La sentencia se emite dentro de 5 días tras el juicio
•    Puede apelarse en 15 días
•    La compensación debe reclamarse en un máximo de 3 años
Este proceso no puede beneficiar a terceros inversionistas, solo a personas con acceso limitado al mercado de vivienda.


¿Cómo saber qué propiedades han sido declaradas estorbos en Arroyo?
El Municipio de Arroyo mantiene un inventario público y actualizado trimestralmente que incluye:
•    Dirección
•    Descripción del Registro de la Propiedad
•    Número de Catastro
•    Nombre de personas con interés
•    Valor en el mercado
Este inventario está disponible en la Alcaldía y su plataforma digital.


¿Puedo comprar una propiedad declarada estorbo?
Sí. El Municipio puede adquirir la propiedad por compra o expropiación y transferirla a personas interesadas en rehabilitarla o construir.
Se da prioridad a personas con limitadas oportunidades de adquirir vivienda.


¿Cómo funciona el proceso de compra?
1.    Notifica su interés al Municipio de Arroyo
2.    Paga el valor tasado.
3.    Cubre gastos adicionales del proceso
4.    El municipio inicia la compra o expropiación
5.    Si usted desiste o no coopera, será responsable por intereses, costas, gastos legales y posibles sanciones


¿De dónde sale esta información?
Este contenido está basado en las disposiciones legales vigentes sobre estorbos públicos y expropiaciones en Puerto Rico. El Municipio Autónomo de Arroyo actúa conforme a la ley para proteger la seguridad, la salud pública y promover el bienestar de la comunidad.
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¿Necesita ayuda legal?
Si usted desea orientación legal sobre este tema, puede comunicarse con abogados especializados en derecho administrativo o expropiaciones. También puede acercarse al Departamento Legal del Municipio de Arroyo para más información.

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