
TRANSPARENCIA
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Transparencia y Rendición de Cuentas
La transparencia gubernamental es fundamental para una administración pública saludable y un gobierno democrático efectivo.
Implica tres pilares esenciales:
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Acceso a la información: El gobierno debe publicar de manera proactiva, a tiempo y fácil de entender todos los datos y documentos necesarios para que la ciudadanía pueda conocer y comprender sus acciones.
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Participación ciudadana: Fomentar la apertura para que los ciudadanos puedan involucrarse en la toma de decisiones de la administración pública.
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Rendición de cuentas: La obligación de las autoridades de informar y justificar ante la ciudadanía todas sus gestiones y resultados.
Sin esta apertura en la gestión, la ciudadanía no tiene la información vital para participar de forma informada en el debate público ni para evaluar correctamente el desempeño de las instituciones y sus funcionarios. Es, en esencia, la base para la gobernanza democrática.
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LEY DE TRANSPARENCIA Y PROCEDIMIENTO EXPEDITO (LEY NÚM. 141- 2019)
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INFORME DE SOLICITUDES RECIBIDAS (LEY NÚM. 141- 2019)
Oficiales de Información
El Municipio de Arroyo, en estricto cumplimiento con la Ley Núm. 141-2019 “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”, y con la política pública del Gobierno de Puerto Rico, facilita el acceso y la divulgación de la información pública. Ello responde a que el acceso a la información pública es un pilar constitucional y un derecho fundamental humano. La información y documentación que produce el gobierno se presume pública y accesible a todas las personas por igual, no obstante, la divulgación de la información estará sujeta a las normas y excepciones aplicables.
La Ley de Transparencia establece:
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Un procedimiento uniforme para obtener la información pública que se genere o custodie en las entidades gubernamentales.
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El estatuto faculta a cada agencia a designar al menos a tres (3) servidores públicos quienes fungirán como Oficiales de Información y tendrán la responsabilidad de recibir las solicitudes de información, tramitar las mismas y facilitar el acceso a los documentos, dentro del término establecido.
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Los Oficiales de Información del Municipio de Arroyo, rendirán informes mensuales sobre el número de solicitudes recibidas, tipo de información solicitada y estatus de ésta.
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Los informes se publicarán en esta sección, sin revelar información personal del solicitante.
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Los interesados en solicitar un requerimiento de información mediante la Ley Núm. 141-2019, conocida como Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública (Ley de Transparencia), pueden escribir a los Oficiales de Información:
Crystaliz Gómez Milliam
Directora de Auditoría Interna
Oficial de Información
Aixa Amaro Maurás
Secretaría Municipal
Oficial de Información
secretaria@municipiodearroyo.com
Eugenia Devarié Peña
Directora de Finanzas
Oficial de Información
finanzas@municipiodearroyo.com
Consulta del Registro de Contratos
La integridad de los datos registrados y la veracidad del documento publicado es responsabilidad de la entidad que otorgó el contrato o escritura, entró los datos y subió el documento al sistema del Contralor electoral. Cualquier situación identificada con los datos o los documentos deben comunicárselo a dicha entidad.