Proclamas
Requisitos para la emisión de proclamas:
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Uno de los objetivos de las proclamas es educar al pueblo sobre temas que puedan beneficiar a la comunidad algunos en aspectos sociales. Los temas de las proclamas solicitadas deben ser de interés para uno o varios sectores de nuestra población, y deben incluir datos actualizados.
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La solicitud para la emisión de una proclama debe someterse en este FORMULARIO con por lo menos sesenta (10) días laborables de anticipación a la fecha que se interesa la misma.
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El peticionario debe representar a un sector importante del pueblo de Arroyo, debe presentar un borrador sugerido de la proclama.
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El peticionario debe llevar a cabo una labor de impacto favorable para la ciudadanía arroyana, y debe someter información o evidencia que demuestre tal participación en beneficio del pueblo.
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El peticionario debe especificar el tema, campaña, programa o actividades especiales que se lleven a cabo en ocasión del período que se reconoce mediante proclama.
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No se emitirá más de una proclama sobre el mismo tema (temas estrechamente relacionados) para distintas o una sola organización.
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No se emitirá más de una proclama sobre el mismo tema (temas estrechamente relacionados) en distintas fechas.
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El Alcalde no emitirá proclamas a individuos o entidades privadas, cuasi-privadas o lucrativas, o a cualesquiera otras en la cual exista o pudiese parecer que existe algún conflicto de interés.
Trámites para la firma y entrega de la proclama
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El Alcalde firma la proclama varios días antes de entregar la misma, y no significa necesariamente que la entregará en ceremonia.
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El Alcalde puede delegar la emisión y la entrega de la proclama, o ambas, en el Secretario(a) Municipal o en algún subalterno.
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Para mayor difusión de la proclama, la misma puede ser entregada en alguna actividad llevada a cabo por el peticionario.
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La hora, día y lugar de entrega de la proclama en ceremonia podrán variar de acuerdo con el calendario de la persona sobre cuyos hombros recae dicha función.